La amortización anticipada

Mar 13, 2024

La amortización anticipada

Frente a lo que se suele pensar, no en todos los préstamos el deudor tiene la facultad de adelantar los pagos de todo o parte del capital. ¿Por qué?. Porque para el acreedor el contrato es un negocio con el que gana dinero y si le adelantas el pago del préstamo puede llegar a perder dinero. Esa pérdida es la PÉRDIDA FINANCIERA. Y cuando pacta contigo que puedes adelantar todo o parte del préstamo, puede establecer una COMISIÓN DE AMORTIZACIÓN ANTICIPADA.

En los préstamos hipotecarios regidos por la Ley de los Contratos de Crédito Inmobiliario, sin embargo, el Banco está obligado a pactar con nosotros la amortización anticipada. Si nosotros adelantamos todo el importe debido (lógicamente, hemos de pagar además los intereses desde el último pago), el préstamo se paga y nosotros tenemos derecho a que el Banco nos cancele la hipoteca que garantiza el pago de la deuda. Si adelantamos parte de lo debido, podemos elegir entre que se reduzca la cuota mensual manteniendo la duración del préstamo o que se mantenga la cuota reduciendo la duración del préstamo.

La fórmula matemática nos sirve para eso. ¿Qué es lo mejor?. Los economistas suelen decir que lo mejor es reducir el plazo, porque la cantidad de intereses que hemos de pagar a lo largo del préstamo ahora se reduce, y los intereses también nos cuestan un poco. Sin embargo, en la práctica casi todo el mundo hace lo contrario, reducir la cuota. La razón está en que si hago un esfuerzo de ahorro y consigo adelantar algo, ahora quiero vivir un poco mejor y destinar menos mensualmente al pago.

 

D: José Antonio García Vila

Notario
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